Cuáles son
Los colorantes alimentarios son sustancias sin valor nutricional, o que se utilizan con fines no nutricionales, que se agregan durante el procesamiento de productos alimenticios para impartir características cromáticas particulares o realzar su color original, dándoles así un aspecto atractivo y más apetecible. El uso de colorantes alimentarios, por tanto, tiene como objetivo fundamental aumentar el interés y la satisfacción de los consumidores por los productos a los que se añaden. No es de extrañar que el consumidor medio perciba la calidad de un alimento también y sobre todo por su apariencia; así, el jugo de naranja solo es bueno si es naranja, el jugo de menta si es verde, la mantequilla si es amarilla, la yema si es naranja y así sucesivamente.
Dado que el uso de colorantes alimentarios puede hacer que un producto parezca de buena calidad en sí mismo deficiente, existen algunos alimentos para los que esta práctica está prohibida, y otros para los que solo es posible con las debidas limitaciones. Solo por citar algunos ejemplos (para la lista completa, ver el texto del Decreto Ministerial 209/96 y enmiendas posteriores), no es posible agregar colorantes alimentarios a la leche, yogur, huevos, aguas minerales, carnes, aves, caza, aceites y grasas de de origen animal y vegetal, harinas, pan, pastas, miel, jugos de frutas, concentrados de tomate y tomates enlatados o embotellados, mantequilla de leche de cabra y oveja y varios tipos de quesos. de colorantes alimentarios son los de refrescos, dulces y repostería en general (helados, bollería, repostería), complementos alimenticios, salsas y alimentos envasados. Desde el punto de vista legislativo, los siguientes no deben considerarse colorantes alimentarios:
- extractos y zumos de frutas y verduras (por ejemplo, zanahoria, saúco, limón, fresa, perejil);
- productos alimenticios secos o concentrados;
- sustancias aromáticas con efecto colorante secundario, como pimentón, azafrán;
- pigmentos utilizados para colorear las partes externas no comestibles de los productos alimenticios (recubrimientos de salchichas o quesos).
Tintes naturales y artificiales
Una clasificación especialmente interesante para el consumidor es la que distingue los colores alimentarios de los naturales y artificiales. A la primera categoría pertenecen muchas sustancias con gran variabilidad de origen y estructura química; aunque natural no siempre es sinónimo de inocuo y saludable, estos colorantes gozan de un gran consenso por parte de los consumidores, quienes, por el contrario, no ven con buenos ojos los aditivos sintéticos, debido al presunto peligro que prontamente plantean las últimas investigaciones sobre el tema. , si por un lado los tintes naturales tienen ventajas de mejor tolerabilidad y seguridad, por otro lado los artificiales son los preferidos por las industrias porque son más estables a las fluctuaciones de temperatura y pH, y resistentes a los procesos de luz y oxidación. Sin embargo, algunas de las sustancias creadas por el hombre para satisfacer estas necesidades han demostrado posteriormente ser perjudiciales para el hombre mismo (solo recuerde algunos ejemplos: rojo de Sudán, amarillo mantequilla).
Sin embargo, cabe señalar que la distinción entre colorantes naturales y artificiales no existe en términos legales, ya que la legislación relativa al etiquetado permite el uso del término "natural" sólo en el caso de aromatizantes. En otras palabras, desde un punto de vista regulatorio, los tintes "naturales" no existen. Además, los tintes obtenidos de fuentes naturales pasan inevitablemente por una serie de procesos tecnológicos de extracción, purificación y estabilización, por lo que el adjetivo natural aún sería cuestionable.
Clasificación de tintes
Como todos los aditivos autorizados para su uso, y reconocidos a nivel comunitario, los colorantes se clasifican e identifican con una letra E seguida de un número, en el caso concreto entre 100 y 180. Más concretamente, todos los colorantes entre 100 y 163 son naturales o orgánicos sintéticos, mientras que el resto (de 170 a 180) son colorantes inorgánicos - minerales. A continuación se muestra la lista de colorantes alimentarios permitidos, subrayando con fondo verde los de "origen natural" y con fondo rojo aquellos de los que existe evidencia concreta de un posible peligro en determinadas categorías de sujetos.
Lista de colorantes alimentarios permitidos
(Anexo n. 1 de la Directiva comunitaria 94/36, relativo a los colorantes autorizados para su uso).
Se autoriza el uso de pigmentos de aluminio preparados con las sustancias colorantes especificadas en este anexo.
Los números CI están tomados de la "obra" Color Index ", tercera edición, 1982, volúmenes 1-7, 1315, así como de las modificaciones 37-40, 41-44 (127-50), 45-48, 49 -52 (132 -50), 53-56.
El nombre "Caramelo" indica sustancias de un color marrón más o menos acentuado destinadas a la coloración. Esta denominación no indica el producto dulce y aromático obtenido calentando el azúcar y utilizado para dar sabor a los alimentos (por ejemplo, dulces, productos de pastelería y bebidas alcohólicas).
Lista de colorantes alimentarios a que se refiere el artículo 24 para los que el etiquetado de los alimentos incluye información adicional
Alimentos que contienen uno o más de los siguientes colorantes alimentarios
- Amarillo atardecer (E 110) [*]
- Amarillo de quinoleína (E 104) [*]
- Carmoisina (E 122) [*]
- Rojo Allura (E 129) [*]
- Tartrazina (E 102) [*]
- Ponceau 4R (E 124) [*]
deben llevar la siguiente denominación: "nombre o número E del colorante (s): puede afectar negativamente la" actividad y "atención de los niños".
[*] Con excepción de los alimentos en los que el tinte se ha utilizado para marcar con fines sanitarios u otros fines en productos cárnicos o para estampar o colorear decorativamente las cáscaras de huevo.
Colorantes de tartrazina y azol
NOTAS: en personas sensibles, como niños y sujetos predispuestos porque son alérgicos, intolerantes o ya padecen asma, urticaria o rinitis, tartrazina y otros colorantes azoicos.
Amarillo atardecer (E 110), Carmoisine (E 122), Amaranto (E 123), Ponceau 4R (E 124), Rojo Allura AC (E 129), Negro brillante BN (E 151), Marrón FK (E 154), Marrón HT (E 155) y Litolrubina BK (E 180)
pueden causar ataques de asma, urticaria y episodios de rinitis. La prevalencia estimada actualmente de intolerancia a la tartrazina es inferior al 0,12% en la población general (JECFA 2007), pero, como se anticipó, es bastante común en las personas alérgicas. Por lo tanto, las dietas que eliminan la tartrazina y otros colorantes azoicos pueden ser beneficiosas para los pacientes sensibles que padecen urticaria, asma y eccema.
Un número cada vez mayor de estudios ha confirmado un vínculo entre la ingestión de colorantes azoicos y el síndrome de déficit de atención con hiperactividad.
Tinte E 128 Rojo 2G
Con respecto al colorante E 128 Red 2G, la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria) concluyó que, dado que el colorante se metaboliza rápida y extensamente en anilina, y esto se considera un carcinógeno para el que no es posible excluir un mecanismo genotóxico, sería Es prudente considerar esto como un problema de seguridad, por lo que la Agencia retiró la IDA (Ingesta Diaria Aceptable) para el colorante alimentario E 128 Red 2G.